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Año XXIII, Número 41, enero 2023
Depósito Legal M-34.164-2001
ISSN 1695-6214
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En su meteórico ascenso político, aterrizó en el Parlamento en 1504.
Por entonces ya había pasado por importantes universidades como la de
Oxford, y desde su nuevo y sucesivos puestos haría lo propio con las París y
Lombardía. En 1509, bajo el nuevo rey Enrique VIII, fue designado juez y
subprefecto (actualmente el cargo de vicealcalde) de Londres. Así se inició
una escala de cargos durante el resto de su vida, que pasarían por el Consejo
Real, ser “speaker” del Parlamento (su presidente actual), embajador en otros
reinos y, finalmente, Canciller del Reino en 1529. Sin embargo, fue
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condenado a muerte en 1535 por oposición al propio monarca .
Tampoco es menor el contexto histórico en el cual se vio inmerso, por
tres razones. En primer lugar, por los cambios espaciales y culturales
derivados del descubrimiento de América (Manuel Lacalle, 2018: 25). En
segundo, por la deriva política que veía florecer y consolidarse las conocidas
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como monarquías autoritarias o absolutas . Y, por último, la propia Reforma
Protestante, iniciada en 1517 por Martín Lutero, pero gestada desde hacía
mucho antes. En otras palabras, Tomás Moro vivía en una época de
transición que experimentaba de forma consciente y nada ajena a su persona
(Krotz, 2019:57).
Por todo ello es fácil distinguir su pensamiento. Culto y experimentado,
no sorprende que su filosofía fuera una combinación inteligente de
cristianismo católico y filosofía clásica, que con gran frecuencia veremos en
su obra. Tampoco puede dudar nadie de su conocimiento en tales materias,
así como de leyes, historia, política y otras tantas. Y, si no lo poseía y así era
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Para una lectura más profunda, consultar la obra de Herán Corral Talciani “El proceso contra
Tomás Moro” (2010).
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Como la del propio Enrique VIII, a la que se opuso Moro costándole la muerte, como bien se
estudia en la obra de Montserrat Jiménez "La conversión de los reyes de Inglaterra en
monarcas absolutos. La Reforma de Enrique VIII" (2016).
Historia Digital, XXIII, 41, (2023). ISSN 1695-6214 © J- Guerrero, 2023 P á g i n a | 110